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Bandera de Estados Unidos

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Obligaciones civiles de los solicitantes y otorgantes de la Ley de Recuperación

Aviso sobre las Obligaciones Civiles aplicables a la distribución de fondos según la Ley de Recuperación y Reinversión de los Estados Unidos de 2009


Obligaciones de la Agencia federal

Las agencias federales que distribuyen fondos de la Ley de Recuperación y Reinversión de Estados Unidos de 2009 (Ley de Recuperación) deben hacerlo según los estatutos, los reglamentos y las órdenes presidenciales de igualdad de oportunidades y no discriminación que se aplican a la distribución de fondos de acuerdo con la Ley de Recuperación. Las agencias que otorgan fondos también deben asegurarse de que sus destinatarios y destinatarios secundarios cumplan con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (que prohíbe la discriminación por raza, color y origen), la Sección 504 de la Ley de Recuperación de 1973 (que prohíbe la discriminación por incapacidad), el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 (que prohíbe la discriminación sexual en los programas de educación y capacitación), la Ley de Discriminación por Edad de 1975 (que prohíbe la discriminación por edad en la provisión de servicios) y varios estatutos específicos del programa con requerimientos de no discriminación.

Obligaciones de los destinatarios y destinatarios secundarios

Los destinatarios y destinatarios secundarios de la Ley de Recuperación u otra ayuda financiera federal deberán cumplir con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, la Ley de Discriminación por Edad de 1975 y varios estatutos específicos del programa con requerimientos de no discriminación.

Otras leyes de derechos civiles pueden imponer requerimientos adicionales para destinatarios y destinatarios secundarios. Estas leyes incluyen, pero no se limitan a, el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (que prohíbe la discriminación por sexo, religión, nacionalidad de origen, color y raza en el trabajo), la Ley para Estadounidenses Discapacitados (que prohíbe la discriminación por incapacidad en el trabajo y en los servicios brindados por el estado y los gobiernos locales, las empresas y las agencias sin fines de lucro) y la Ley de Vivienda Justa (que prohíbe la discriminación por incapacidad, estado familiar, edad, nacionalidad de origen, color y raza, con respecto a la vivienda), además de otras leyes civiles aplicables.

Para obtener más información sobre estas obligaciones civiles o por asistencia técnica, comuníquese con la División de Derechos Civiles del HHS al (202) 619-0403 o por correo electrónico a OCRmail@hhs.gov, o visite el sitio web en http://www.hhs.gov/ocr/civilrights/index.html