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Bandera de Estados Unidos

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Subsidios y contratos

Contenidos


 

Subsidios y acuerdos de cooperación

El HHS está organizando sus subsidios de modo de lograr resultados significativos y mensurables y promover los objetivos de la Ley de Recuperación. Los criterios de evaluación para la concesión de los subsidios incluirán aquellos que tengan un impacto en la medición y la probabilidad de lograr estos resultados, inclusive la creación y la preservación del empleo.

El HHS puede decidir destinar fondos provistos bajo la Ley de Recuperación a un subsidio existente, incluyendo, pero sin limitarse a la continuación o renovación de dicho subsidio. Los subsidios y los acuerdos de cooperación detallarán la asignación de roles y responsabilidades de la agencia para cumplir con los requerimientos únicos de la Ley de Recuperación. Estos incluyen, pero no se limitan a, el desarrollo y la entrega de informes, la generación de informes de datos en forma correcta y oportuna, y a los requerimientos especiales de publicación en www.hhs.gov/recovery y Recovery.gov.

Los NIH han recibido fondos de Recuperación para destinar a el subsidio de la investigación. Puede ver una lista completa de los subsidios de los NIH en: http://grants.nih.gov/recovery.

 


Recursos en relación con los subsidios del HHS



Contratos

Todos los anuncios sobre oportunidades de contratación del HHS se publicarán en el sitio web FedBizOpps.Gov , que funciona como el Punto de acceso del gobierno (GPE, por sus siglas en inglés) para los avisos de contrataciones propuestas.

  • Hubo cinco avisos de solicitud en FedBizOpps.gov para HRSA, NIH e IHS hasta el 3 de julio de 2009.

Recursos relacionados con contratos del HHS

Para obtener más información sobre contrataciones según la Ley de Recuperación, visite las Pautas de implementación de OMB (PDF-62 páginas).



Aviso de informe del contratista

En conformidad con la FAR 4.1500 que implementa: (1) la Sección 1512(c) de la División A de la Ley de Recuperación y Reinversión de los Estados Unidos de 2009 (Ley Púb. 111-5), que requiere, cómo condición de la recepción de fondos, reportar de manera trimestral sobre el uso de los fondos; y (2) la información de la Ley de Transparencia y Responsabilidad para la Financiación Federal de 2006, con sus enmiendas (Ley Púb. 109-282), según la cual los contratistas que reciben adjudicaciones (o modificaciones de adjudicaciones existentes) financiadas, en su totalidad o en parte por la Ley de Recuperación, deben reportar información incluyendo, pero sin limitarse a:

(a) El monto en dólares de las facturas del contratista;
(b) Los suministros entregados y los servicios realizados;
(c) Una evaluación del estado de finalización del trabajo;
(d) Una estimación del número de trabajos creados y el número de trabajos retenidos como resultado de los fondos de la Ley de Recuperación;
(e) Nombres y compensación total de cada uno de los cinco funcionarios más compensados para el año calendario en el cual el contrato fue adjudicado, e
(f) Información específica sobre los subcontratistas de primer nivel.

Por consiguiente, bajo FAR Cláusula 52.204-11, los requisitos para la comunicación de datos de la Ley de Recuperación y Reinversión de los EE.UU. se aplicarán a todos los contratos adjudicados con los fondos de la Ley de Recuperación.


Derechos civiles

Obligaciones civiles de los solicitantes y otorgantes de la Ley de Recuperación

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Administración financiera

 

Última actualización: 3 de junio de 2009